Digite pelo menos 2 caracteres.
Matéria

Refis 2023 - ¿Solución o trampa?

29/03/2023 • Por Criar Comunicacao • Leitura de 3 min
29/03/2023
Se sancionó la ley y se publicó en la edición de este lunes 27 de marzo, en el Diario Oficial, donde las empresas con deudas de ICMS en Espírito Santo ya pueden solicitar su ingreso en el nuevo Programa de Recuperación de Créditos Fiscales (Refis) del Impuesto sobre Circulación de Mercaderías y Servicios (ICMS) de Espírito Santo.

El Refis fue creado con el objetivo principal de estimular la regularización fiscal de las empresas que poseen deudas tributarias, siendo una buena oportunidad para que las empresas regularicen sus deudas.

Según el Gobierno del Estado, la iniciativa busca ayudar en la recuperación de la economía capixaba, principalmente en tiempos de crisis provocada por la pandemia de Covid-19.

De acuerdo con el abogado especialista en Derecho Empresarial y Tributario, Sandro Rizzato, de PRL Abogados Asociados, es importante resaltar que las empresas que pretenden adherirse al programa deben contar con el acompañamiento profesional de un abogado para analizar la viabilidad o no de la adhesión. “Las deudas existentes pueden ser objeto de válida discusión judicial, porque algunas de estas deudas pueden estar vencidas, ya haber sido prescritas, y así no pueden ser cobradas por el Estado”, explica Rizzato.

Si la empresa se adhiere al Refis, está autorizando el cobro de todas sus deudas, incluso las prescritas. “Las deudas se consolidarán junto con las demás y este análisis y balance deben hacerse de forma pormenorizada en todas las deudas del contribuyente, porque el Refis puede convertirse en una trampa”, dice.

De acuerdo con el abogado, a partir del momento en que el contribuyente se adhiera al programa, está validando todas las deudas existentes y si no puede hacer frente al pago a plazos asumido, el cobro de la deuda consolidada a través de ejecución fiscal regresará, reduciendo así todas las eventuales materias de defensa del deudor.

Sandro también explica que es importante resaltar que la adhesión al Refis implica en renuncia a eventuales acciones judiciales en curso o derechos en debate. “Es necesario evaluar cada caso individualmente, en conjunto con un despacho especializado en derecho tributario junto con un despacho contable”, dice.

De cualquier forma, el Refis representa una oportunidad para que las empresas salden sus deudas, o incluso regularicen sus deudas con el Estado de Espírito Santo de forma facilitada y con reducción de costos. “La regularización de la situación fiscal es fundamental para la salud financiera de las empresas y para el mantenimiento de su actividad empresarial, pero, como se dijo, es necesario hacerlo con criterios técnicos y con un análisis profundo de todas las deudas antes incluso de la adhesión al pago a plazos”, resalta el abogado.

 
Sobre el Refis

Las deudas elegibles para pago en el Refis son aquellas cuyos hechos generadores hayan ocurrido hasta el 31 de julio de 2022, inscritas o no en deuda activa, constituidas o no, con exigibilidad suspendida o no. La adhesión al programa puede realizarse entre los días 01/04 hasta 31/08, a través del sitio de la Secretaría de Hacienda de Espírito Santo o en una de las agencias de la Receita Estadual.

Realizada el análisis, y siendo viable la adhesión, el Refis Estatal permite el fraccionamiento de la deuda en hasta 180 cuotas, pudiendo participar también empresas que utilizan beneficios fiscales, como Invest y Compete, y también aquellas que ya hayan realizado fraccionamientos anteriores.

Los descuentos por pago son progresivos, aumentando de acuerdo con la reducción de cuotas a pagar, como ejemplo, si se paga la deuda al contado, el contribuyente puede tener una reducción de multas e intereses de hasta el 100%.
Interaja com esta matéria

Gostou do conteúdo?

Compartilhar 0 compartilhamentos registrados.
Comentários

Participe da conversa

0

Depois do envio, confira seu e-mail e clique no link de confirmação. O comentário só aparece no site após confirmação do leitor e aprovação do autor da matéria ou da administração.

Nenhum comentário aprovado ainda.